En una entrevista de 1984, Friedrich Hayek predijo algo similar al surgimiento de las criptomonedas (no en el plano técnico dentro de la tecnología blockchain obviamente) introduciendo la necesidad de arrebatar la manipulación de la moneda a los Estados. Si bien Bitcoin se encuentra en un incipiente proceso de monetización y puede que nunca cumpla la función de instrumento de pago en las pequeñas compras por sus limitaciones de escalabilidad y consumo energético, no cabe duda que, cada vez más, representa una alternativa al oro como reserva de valor. El hecho de que el Bitcoin nunca llegue a ser medio de pago en las pequeñas transacciones no parece preocupar a la gran mayoría de sus poseedores, que al fin y al cabo buscan un elemento patrimonial que no se deprecie con el paso del tiempo. Esto representa otro inconveniente a que se utilice masivamente como medio de pago por parte de una persona que atesora Satoshis (división de Bitcoin) ya que, si tiene la esperanza de que suba su valor en el futuro, poco ánimo va a tener de desprenderse de ellos en sus compras. Sea por inversión, como reserva de valor, como acto de rebeldía, o simplemente por FOMO (miedo a perder la oportunidad) el caso es que la capitalización del Bitcoin y otras criptomonedas no para de crecer.
El Bitcoin es un activo volátil, sensible a especulaciones, ilusiones, noticias y pánicos. En su volatilidad también influye su oferta inamovible, donde los aumentos y disminuciones en su demanda afectarán a su precio sin que una variación en el volumen de oferta pueda suavizar dichos cambios.
Mientras los Bancos Centrales buscan la salida a la crisis del sobreendeudamiento de los Estados con continúas inyecciones de dinero para reducir su valor en términos reales, la confianza del ciudadano en la moneda Fiat, es inversamente proporcional a la continua expansión monetaria. Ya no es que se compren bitcoins, es que uno se desprende de euros y dólares (y ya no digamos bolívares o pesos) ante una más que probable inflación (esa inflación que, por cierto, supone un duro impuesto a los más pobres, aquellos que no tienen ni inmuebles ni acciones que puedan “acompañarles” en la subida general de precios).
La opción descentralizada del Bitcoin se sitúa al margen de que unos pocos decidan cual debe ser el valor del dinero. Sin depender de un tercero que valide la operación, y sin riesgo de contraparte, la red Peer- to-peer (de ordenador a ordenador/es sin servidores intermediarios) permite grandes transacciones internacionales a una altísima velocidad y a un bajísimo coste. Un activo basado en el anonimato, en el que una dirección pública tiene como destinatario una clave privada sin dato adicional que identifique a su poseedor. Se trata también de un activo inconfiscable, no así las cuentas o depósitos en el banco, los inmuebles etc. Hacienda podrá incautar la wallet física, por ejemplo, pero no tus criptomonedas a no ser que cedas en confesar las palabras semilla; un conjunto de palabras que te permiten restaurar tu clave privada en un dispositivo nuevo y poder acceder a tus criptomonedas…
Los Bancos Centrales no son los únicos alérgicos a las criptomonedas, la banca tradicional, que estaba medio recuperada de la incómoda irrupción de las Fintech, resulta que le llega un nuevo “coco” llamado DeFi (Finanzas Descentralizadas) donde las criptomonedas se intercambian y se prestan en el marco de una “nueva democracia” a la hora de calificar la calidad crediticia del individúo y del tipo de interés a remunerar. Más de un cliente se ha encontrado con dificultades a la hora de realizar una transferencia a una cuenta extranjera vinculada a un Exchange (plataforma de intercambio de criptomonedas). El banco tiene “fichada” la cuenta del destinatario vinculada al Exchange e impide la transferencia al no entrar las criptomonedas “dentro de su política”. Impide tu transferencia con un tercero porque sí… porque cuida de ti, que ya asumiste bastante riesgo en la época de preferentes y subordinadas…
¿Regulación o prohibición?
Entre ponerle puertas al campo, o ser el primer Banco Central que adopte una parte de sus reservas en Bitcoins hay un verdadero dilema por la parte institucional. Los criptoanarquistas alegan que la posible prohibición no les importa, pero tampoco es agradable ver desplomarse tu cripto respecto al euro.
Si bien hace unas semanas, el alcalde de Miami proponía una resolución oficial que permitía el pago de impuestos en Bitcoin, así como el dar la opción a los funcionarios de cobrar una parte de su salario en Bitcoin (o Satoshis), casi al mismo tiempo, la criptomoneda veía caer su valor porque un funcionario de la India acababa de filtrar su posible prohibición en el marco legal de un país con más de 1.400 millones de habitantes.
China está haciendo pruebas con su Yuan digital (por supuesto emitido por el gobierno) para convertirse en todo lo opuesto al Bitcoin. Lejos del anonimato del usuario, el gobierno chino contaría con la información inmediata de cualquier transacción realizada entre particulares y empresas otorgándole el control total de los flujos monetarios.
En Europa se está gestando un borrador que recoja un intento de regulación del “mundo cripto”. Su nombre es MiCa (Markets in Cripto Assets) donde desde luego, bajo el pretexto de transparencia, lo que se pretende es tener un control de aquello está resultando incómodamente incontrolable. Con uno de sus focos en el auge de las DeFi, abogan por prohibir directamente el devengo de intereses y beneficios que puedan obtener aquellos que presten sus criptomonedas mientras el titular de “fichas referenciadas a activos mantenga sus fichas en la plataforma critpo”. Por su parte, Lagarde pide que sea el BCE el que decida si autoriza o no los “proyectos cripto”, porque claro, está en serio peligro la estabilidad monetaria del Euro…
En España, a día de hoy no hay una legislación específica que regule el mundo de las criptomonedas a nivel tributario. En su momento, cuando estén acabando los últimos párrafos del BOE, probablemente se den cuenta de que tienen que modificar los primeros, y es que este mundo va a otra velocidad.
Son las Consultas Vinculantes a la Dirección General de Tributos (consultas que una vez contestadas, la Agencia Tributaria no se puede desdecir) las que poco a poco van marcando el criterio tributario de esta nueva era.
0 comentarios